Obligaciones Específicas Salud
Constituyen la información que producen sólo determinados Sujetos Obligados a partir de su figura Legal, Atribuciones, Facultades y/o su Objeto Social. Además de lo señalado en el Articulo anterior de la presente Ley, los Sujetos Obligados del Poder Ejecutivo del Estado deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
ARTÍCULO 71
Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los Sujetos Obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y Municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
ARTÍCULO 75
Además de lo señalado en el Artículo anterior de la presente Ley, los Sujetos Obligados del Poder Ejecutivo del Estado deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información: el Órgano Ejecutorio del Distrito Federal y los Municipios.